Registro Sanitario en Panamá
Registro de Alimentos y Bebidas
Servicio de Registro de Alimentos y Bebidas
Todo producto de consumo humano que vaya a ser comercializado en Panamá deberá contar previamente con su registro sanitario tramitado y aprobado por la Autoridad de Protección de Alimentos (APA) y el Departamento de Protección de Alimentos (DEPA) del Ministerio de Salud de la República de Panamá, (MINSA).
Con base en lo establecido en el Decreto Ejecutivo No. 125 del 29 de septiembre de 2021, que reglamenta la Ley 206 del 2021, que crea la Agencia Panameña de Alimentos y deroga el Decreto Ley No. 11 del 2006, que crea la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos, los requisitos para solicitar Registro Sanitario de productos importados son:
La vigencia del registro sanitario de un alimento importado será de siete (7) años, prorrogables por iguales períodos.
En J. QUIJANO Abogados nos aseguramos de asesorar a nuestros clientes de manera profesional antes de iniciar su proceso de comercialización en Panamá garantizándoles en todo momento que cumplen con toda la normativa en vigencia en materia sanitaria.
- Nombre y generales del solicitante.
- Nombre del Producto.
- Nombre y dirección completa del fabricante.
- Nombre y dirección de la planta.
- País de origen del alimento o producto, así como del país de procedencia, cuando el alimento preenvasado final sea importado desde terceros países.
- Descripción del producto.
- Certificado de libre venta (CLV) o equivalente, emitido en el país de origen del producto o en su defecto, en el país donde se comercialice, en el caso de productos importados.
- Fórmula cuali-cuantitativa del producto.
- Descripción del método de fabricación del producto.
- Información referente a la conservación y estabilidad del producto.
- Copia digital o escaneada de la etiqueta original o arte idéntico al original del alimento.
- Descripción del Sistema de lotificación.
- Cualquier otro de carácter técnico y científico que las autoridades competentes establezcan para preservar la inocuidad de los alimentos.
La vigencia del registro sanitario de un alimento importado será de siete (7) años, prorrogables por iguales períodos.
En J. QUIJANO Abogados nos aseguramos de asesorar a nuestros clientes de manera profesional antes de iniciar su proceso de comercialización en Panamá garantizándoles en todo momento que cumplen con toda la normativa en vigencia en materia sanitaria.