¿Cuáles son los beneficios tributarios de las sociedades offshore?
Toda sociedad offshore incorporada en Panamá se beneficia de un régimen fiscal territorial, es decir, que los ingresos provenientes de actividades o transacciones realizadas fuera de la República de Panamá están exonerados del pago de impuesto sobre la renta.
La sociedad offshore cuyas operaciones o transacciones se perfeccionen, se consuman o surtan sus efectos fuera de Panamá gozará de los siguientes beneficios fiscales:
- Exoneración de pago del impuesto sobre la renta
No tiene que pagar impuesto sobre la renta por los ingresos provenientes de fuentes fuera de Panamá.
- Exoneración de pago del impuesto sobre ganancia de capital
No tiene que pagar impuesto sobre las ganancias de capital provenientes la compraventa de valores fuera de Panamá.
- Exoneración de pago del impuesto sobre intereses
Los ingresos en intereses bancarios recibidos por las cuentas de ahorros o los certificados de depósito dentro y fuera de Panamá no pagan impuestos.
- Exoneración de impuestos sobre las ventas
No tienen que pagar impuestos por los ingresos que produzcan las ventas de productos o servicios que se lleven a cabo fuera de Panamá.
- Exoneración de impuestos sobre las ventas
No tienen que pagar impuestos por los ingresos que produzcan las ventas de productos o servicios que se lleven a cabo fuera de Panamá.
- Exoneración de impuestos sobre dividendos pagados a accionistas
Los accionistas de las sociedades anónimas no tienen que pagar impuestos por los dividendos que reciban de fuentes fuera de Panamá.
- Exoneración de la preparación o la publicación o presentación de estados financieros y completa independencia sobre cómo y dónde llevar sus libros de contabilidad
Las sociedades offshore que tienen únicamente ingresos de fuentes extranjeras no están obligadas a preparar ni a publicar estados financieros ni tienen que registrar declaraciones de ingresos ni ninguna otra declaración. Además, pueden llevar sus libros de contabilidad donde quieran y como quieran.