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¿Que es el Agente Residente en las sociedades y fundaciones offshore en Panamá?

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El Agente Residente es el abogado o la firma de abogados que confecciona e inscribe el pacto social de una sociedad o acta fundacional de una Fundación de Interés Privado.  La ley exige su designación explícita al momento de constitución de toda sociedad y Fundación de Interés Privado.

¿Cuál es el rol o la función del Agente Residente?

 El Agente Residente tiene las siguientes funciones:

  • Se encarga de solicitar las inscripciones necesarias en el Registro Público.
  • Solicita la inscripción y actualización del Registro Único de Contribuyente (RUC).
  • Recibir los Registros Contables y rendir declaración jurada ante la DGI.
  • Gestiona Paz y Salvos y Estados de Cuenta ante la Dirección General de Ingresos
  • Gestiona el cobro y pago de las tasas únicas al Estado.
  • Puede emitir las acciones de la sociedad, siempre y cuando sea solicitada por sus accionistas o beneficiarios finales.
  • Puede solicitar la disolución de la sociedad o Fundación cuando así lo decidan sus accionistas o beneficiarios reales.
  • Sirve de enlace entre la Dirección General de Ingresos y los accionistas o beneficiarios finales con respecto a cualquier comunicado.

Es importante aclarar que el Agente Residente como tal no tiene facultad alguna para obligar a la sociedad o fundación de interés privado, ni para contraer obligaciones a nombre de ella. Su función se limita únicamente a fungir como enlace entre los beneficiarios finales y las autoridades competentes o terceros interesados, sin que ello otorgue facultades de gestión o de representación de la sociedad o fundación de interés privado ni de agente suyo para recibir notificaciones.

¿Qué obligaciones tienen los Agentes Residentes con relación a sus clientes?

A partir de la entrada en vigencia de la ley 23 de 27 de abril de 2015 que adoptó medidas para prevenir el blanqueo de capitales, financiamiento de terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva y normas complementarias, todo agente residente tiene la obligación de conocer a su cliente solicitando y consultando documentos, datos o información confiable del perfil financiero y transaccional del cliente antes de crearlo como cliente de su organización y resguardar este información a fin de cumplir con la regulaciones de la Superintendencia de Sujetos No Financieros en Panamá.

Para más información de nuestros servicios de agente residente contáctanos a info@jquijano.com

 

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